Viernes 30 de enero de 2026 – 22:11 WIB

Jacarta – El experto en derecho constitucional Satya Arinanto evaluó que el nombramiento de candidatos a jueces del Tribunal Constitucional (MK) propuesto por la RPD RI no es incompatible con la Constitución ni con las disposiciones legales. Este proceso está enteramente dentro de los pasillos del sistema constitucional de Indonesia.

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El juez dictaminó que la acusación no cumplía los requisitos y el caso de Budi fue desestimado con base en el nuevo código penal.

Según él, el procedimiento para cubrir el puesto de juez del MK está claramente regulado en la Constitución.

«Constitucionalmente, el nombramiento de un juez del Tribunal Constitucional se otorga a tres instituciones estatales, a saber, el Presidente, la Cámara de Representantes y el Tribunal Supremo. Este es un diseño institucional desde el principio, que enfatiza que el Tribunal Constitucional fue construido como una representación de las instituciones estatales en lugar de representar una profesión específica», dijo Satya en su declaración del viernes 30 de enero de 2026.

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Para el elemento de la RPD en particular, enfatizó que este cuerpo legislativo tiene plena autoridad constitucional en la selección, diligencia debida y determinación de candidatos a la justicia constitucional a través de mecanismos internos estatutarios.

«Mientras el proceso se rija por mecanismos institucionales legales y se decida en un foro oficial de la RPD, incluidas reuniones plenarias, el proceso tiene legitimidad legal y legitimidad constitucional», enfatizó.

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En respuesta al debate sobre los antecedentes políticos de Adis Kadir como candidato a juez constitucional nominado por la RPD RI, Satya opinó que no puede utilizarse como motivo para dudar de la independencia del Tribunal Constitucional.

«En la práctica constitucional de Indonesia, la Cámara de Representantes ha designado muchas veces a personas con antecedentes políticos como jueces constitucionales. De hecho, muchos de ellos han registrado logros importantes en nuestra historia constitucional», explicó.

Dio el ejemplo de Mahfud MD, que tenía experiencia política antes de ocupar el cargo de Presidente del Tribunal Constitucional. Aparte de eso, también están allí los nombres de Arsul Sani junto con muchos otros jueces constitucionales del Gobierno y del Tribunal Supremo.

«Este hecho demuestra que los antecedentes de una persona no son un factor determinante en la independencia de un juez constitucional», afirmó.

Según Satya, la independencia de los jueces constitucionales está determinada por la integridad personal, la capacidad intelectual, el cumplimiento de las normas del cargo, la ética constitucional y la conducta constitucional en el desempeño de sus funciones.

«En el Estado de derecho lo que se pone a prueba no es el pasado de una persona, sino cómo ejerce su autoridad constitucional de manera imparcial, sin interferencias de la autoridad y en obediencia a la supremacía de la Constitución», afirmó.

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También enfatizó que la decisión propuesta por la RPD de los candidatos a jueces del Tribunal Constitucional no puede considerarse una violación de la Constitución.



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