Viernes 20 de febrero de 2026 – 14:30 WIB
Yakarta, Wiwa – El destino de AKBP Didik Putra Kunkoro finalmente terminó en la Agencia Nacional de Policía. El exjefe de policía de la ciudad de Bima fue despedido oficialmente con deshonra después de que se descubriera que había cometido graves violaciones durante una sesión de la Comisión del Código de Ética de la Policía Nacional (KKEP) en la Jefatura de Policía en el sur de Yakarta, el jueves 19 de febrero de 2026.
La firme decisión se tomó después de que el panel encontrara una serie de acciones que se consideraban haber empañado la reputación de la empresa. No sólo se sospechan violaciones morales, sino también actos delictivos.
En la audiencia, que presentó a 18 testigos, tres de ellos en persona y otros 15 en línea, Didik declaró que violó varias reglas a la vez.
Se consideró que había violado el párrafo 1) del artículo 13 del Reglamento gubernamental núm. 1 de 2003 relativo al despido de miembros de la Policía Nacional de Indonesia. República de Indonesia Los miembros de la Policía Nacional de la República de Indonesia pueden ser despedidos deshonrosamente de la República de Indonesia por violar el juramento/promesa, el juramento/juramento de cargo y/o el Código de conducta profesional de la Policía Nacional de la República de Indonesia. Credibilidad, Reputación y Respeto de la Policía Nacional.
El artículo 8 Letra C No. 1 del Perpol No. 7 de 2022 relativo al Código de Ética Profesional y a la Comisión del Código de Ética de la Policía Nacional establece que todo policía nacional debe adherirse y respetar las normas legales en materia de ética personal.
Artículo 10 párrafo (1) letra d del Perpol No. 7 de 2022 sobre el Código de Ética Profesional y la Comisión del Código de Ética de la Policía Nacional, que establece que todo policía nacional tiene prohibido abusar de la autoridad en el desempeño de funciones oficiales de acuerdo con la ética organizacional.
El artículo 10, párrafo (1), del Código de Ética Profesional y del Código de Ética de la Policía Nacional de la Comisión de Perpol Carta No. 7 de 2022 establece que la ética organizacional prohíbe a todo oficial de policía nacional llevar a cabo una conspiración para violar el KEPP o procedimientos disciplinarios o penales.
El artículo 13 letra d del Perpol N° 7 de 2022 sobre ética profesional y la Comisión del Código de Ética de la Policía Nacional, que establece que todo policía nacional, en términos de ética personal, tiene prohibido tener conductas sexualmente desviadas o promiscuidad sexual.
El artículo 13 Letra E del Perpol N° 7 de 2022 sobre Ética Profesional y Comisión del Código de Ética de la Policía Nacional establece que está prohibido el abuso de estupefacientes, psicotrópicos y drogas ilícitas como cuestión de ética personal de todo policía nacional. Psicotrópicos y drogas ilícitas.
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Artículo 13 letra f del Perpol N° 7 de 2022 relativo al Código de Ética Profesional y a la Comisión del Código de Ética de la Policía Nacional, que establece que está prohibido el adulterio y/o la infidelidad como cuestión de ética personal para todo policía nacional.















