Viernes 14 de noviembre de 2025 – 16:00 WIB
Jacarta – El experto en derecho constitucional Margarito enfatizó el jueves que el nombramiento de miembros de la Policía Nacional de Indonesia (Polri) fuera de la organización policial nacional es un paso legal y constitucionalmente válido. La base jurídica, Margarito, sigue vigente y hoy tiene fuerza constitucional.
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Según él, la Ley Nº 2 de 2002 sobre la Policía Nacional de la República de Indonesia, en particular el artículo 28, regula estrictamente la posibilidad de colocar a miembros de la Policía Nacional en agencias ajenas a la Policía.
«La asignación de miembros de la Policía fuera de la organización Polri es legalmente válida. ¿Por qué es legal? Porque la ley que es la base de esta acción es actualmente válida», dijo Margarito en Yakarta.
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Explicó que el reglamento proporciona la base para que el Jefe de la Policía Nacional y el gobierno formulen políticas para asignar miembros de la Policía Nacional a otras instituciones, incluidos ministerios, instituciones estatales y agencias estratégicas que requieren la experiencia de los agentes de policía.
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Se considera que la decisión del Tribunal Constitucional de prohibir a la policía ocupar puestos civiles distancia a la policía nacional del espíritu de reforma.
«El artículo 28 de la Ley de la Policía Nacional sigue siendo constitucional. Dado que la Ley existe y está vigente, el acto de mantener a miembros de la Policía Nacional fuera de la Policía Nacional también es legal», afirmó.
Además, dijo Margarito, cada asignación fuera de la institución debe pasar por el mecanismo administrativo apropiado previa solicitud formal de la institución en cuestión y la aprobación del ministerio competente, como el Ministerio del Aparato Estatal y Empoderamiento de la Reforma Burocrática (Kemenpan-RB).
«Si otra organización presenta una solicitud al Jefe de la Policía Nacional y recibe la aprobación del ministerio competente, el Jefe de la Policía Nacional tiene derecho a emitir una carta de decisión para la asignación. Siempre que el procedimiento se ajuste a las normas, la colocación es legal», dijo.
Margarito también cree que la reciente decisión judicial no cambia fundamentalmente la base legal para mantener a miembros de la Policía Nacional fuera de la organización.
«La decisión del tribunal no es lo suficientemente fundamental como para cambiar el ordenamiento jurídico para el nombramiento de agentes de policía ajenos a la policía nacional, ya que la ley que la fundamenta no ha cambiado», concluyó.
Así, mientras esté vigente la Ley No. 2 del artículo 28 de 2002, aseveró que son legales y constitucionales todo tipo de asignaciones de miembros de la Policía Nacional fuera de la organización.
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VIVA.co.id
14 de noviembre de 2025















